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Si te han despedido y es la primera vez que te sucede, probablemente no eres consciente de tus derechos ni tampoco de los deberes con los que ha de cumplir la empresa. Es por ello que ante un Despido te damos estos 5 consejos prácticos:
- Exija siempre la carta de despido por escrito.
La carta de despido es la comunicación escrita que realiza una empresa para trasladar a un trabajador su voluntad de despedirlo. Una carta de despido incluye siempre las causas y la fecha a partir de la cual el trabajador dará por finalizada su actividad en dicha empresa.
Además de solicitar que le sea entregada la carta de despido, al recibirla:
- Compruebe que la carta que le entregan es igual que la que se queda la empresa
- Compruebe la fecha que pone en la carta y que sea la misma fecha del día de la entrega, de no serlo, al final de la carta ponga la fecha correcta.
- Se aconseja que no se firme la carta de despido y en su lugar se ponga “No Conforme”. Poner esta expresión no implica que se vaya a demandar, pero facilita en el caso que finalmente se haga.
- Compruebe todos los conceptos del finiquito
El finiquitoy liquidación es un documento donde la empresa propone la entrega de las cantidades que quedan pendientes de pagar al trabajador.
Normalmente este finiquito está compuesto por los días de vacaciones que no se han disfrutado, y por la parte proporcional de las pagas extraordinarias que se hayan devengado, en el caso de que no estén prorrateadas.
Además en algunos casos en el propio documento de finiquito se incluyen los días trabajados si se despide en mitad de un mes y la indemnización en el caso que corresponda.
Hay que tener en cuenta que muchas veces los documentos de finiquito ponen la cláusula: “Que con la firma de dicho documento, el trabajador se encuentra completamente saldado y no tienen nada más que reclamar”. Por este motivo se aconseja poner “No Conforme”, para poder comprobar las cuantías.
Por ultimo es importante leer si en el finiquito pone que en el mismo momento se entrega el dinero, para dejar constancia que no se ha recibido si efectivamente no se ha recibido.
- Compruebe si la indemnización por despido está bien calculada.
El trabajador siempre tiene derecho a recibir su finiquito, pero además, dependiendo del despido que se haga, se tendrá derecho o no a una indemnización en el momento de ser despedido.
En el despido objetivo la indemnización será de 20 días por año, y tendrá que ser entregada al trabajador en el mismo momento en el que le dan la carta de despido objetivo.
En el despido disciplinario, no se tiene derecho a indemnización.
Si el despido es de tipo improcedente, y el contrato del trabajador es posterior al 12 de febrero de 2012, la empresa puede optar entre la readmisión del trabajador o pagarle una indemnización de 33 días por año trabajado.
Si el contrato del trabajador se celebró con fecha anterior al 12 de febrero de 2012, se deben sumar dos tramos: Días antes del 12 de febrero de 2012, se pagará una indemnización de 45 días por año trabajado, y días posteriores al 12 de febrero de 2012, se pagará la indemnización de 33 días por año trabajado.
- No se deje engañar por el Empleador
Expresiones tales como“Si me demandas, te quedas sin paro”o “Firma conforme y te arreglo los papeles del paro” son habituales. Sin embargo el trabajador debe saber que en ningún caso, reclamar sus derechos supone la pérdida de la prestación por desempleo.
La prestación por desempleo es un derecho del trabajador que no conceden las empresas, sino que nace de la situación de desempleo tras el despido. Es por ello que aconsejamos hacer caso omiso a dichas expresiones.
- No esta de acuerdo con el Despido, busque asesoramiento.
La impugnación de un despido conlleva un procedimiento el cual no es sencillo de dominar, pudiendo cometerse errores o defectos de forma que pueden hacer fracasar la reclamación justa de sus derechos. Es por ello que aconsejamos que contacte con un abogado que el ayude a defender sus derechos de la mejor manera posible.
Finalmente preste atención a los plazos. Recuerda que cuenta apenas con 20 días hábiles desde el despido para reclamar judicialmente. Debido a que el plazo es corto, no esperes a buscar asesoramiento.