Solicitud del Estatuto de Apátrida
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Un apátrida es toda persona no considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación. En España existe un procedimiento específico para solicitar el reconocimiento del estatuto de apátrida.
Las consecuencias de no tener una nacionalidad pueden ser muy graves y afectar a derechos fundamentales. Entre ellos podemos destacar, desde el acceso a la sanidad, a la educación, poder casarse o registrar a sus hijos, hasta conseguir un empleo.
Los motivos por los que se llega a la situación de apátrida son variados. Muchas minorías son discriminadas negándoles la nacionalidad en el país de residencia. La creación de nuevos estados o el movimiento de fronteras son otras de las causas. En otros casos son los vacíos legales de las administraciones los que dan lugar a esta situación.
España es uno de los pocos países en los que hay un proceso para solicitar el reconocimiento de la apatridia, primer paso para llegar a obtener la nacionalidad.
Sigue leyendo, en este artículo te detallamos cómo tramitar la solicitud.
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Normativa reguladora del estatuto de apátrida en España
A continuación detallamos la normativa básica reguladora del estatuto de apátrida:
- Instrumento de adhesión de España a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, hecha en Nueva York el 28 de septiembre de 1954. (4 de julio de 1997)
- Instrumento de adhesión a la Convención para reducir los casos de apatridia, hecha en Nueva York el 30 de agosto de 1961. (13 de noviembre de 2018).
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
- Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida.
Proceso de solicitud y requisitos
Al llegar a España, el extranjero sin nacionalidad dispone de un mes para solicitar el estatuto de apátrida. La normativa vigente fija en tres meses el plazo que tiene la administración para responder.
Para ello, deberá dirigirse a cualquiera de estas dependencias: Oficina de Extranjería, Oficina de Asilo y Refugio o Comisaría de Policía.
La solicitud deberá cumplir los requisitos del artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En la solicitud deben incluirse los documentos de identidad y de viaje disponibles, en su defecto deberá justificarse su carencia.
Deberá adjuntarse una exposición lo más clara y detallada posible de los hechos. Especialmente sobre el lugar de nacimiento y el parentesco con otras personas que sí tengan alguna nacionalidad.
El domicilio que se cumplimente en la solicitud será el que use la administración para el envío de notificaciones. Si se cambiase de domicilio durante la gestión de la solicitud es muy importante informarlo a la Oficina de Asilo y Refugio cuanto antes.
Permiso de residencia
Durante el proceso de tramitación el solicitante obtendrá un permiso de permanencia provisional. Si el apátrida tuviese abierto un procedimiento de expulsión no recibiría este permiso.
Una vez reconocido el estatuto de apátrida se facilitará el acceso a servicios como la sanidad o la educación. Además, se concederá una autorización de residencia y trabajo de dos años. Este permiso se podrá ir renovando conforme a las leyes de extranjería.
Para obtener la nacionalidad española deberá demostrar haber residido durante diez años en España. Este periodo es bastante más exigente que para otros casos, como los refugiados que sólo deben demostrar cinco años de residencia.
Si eres un apátrida y tienes la intención de obtener la nacionalidad española nuestra recomendación es que busques asesoramiento profesional. Entregar toda la documentación en tiempo y forma puede ser determinante para obtener los permisos buscados.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
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