¿Puedo trabajar por cuenta ajena y ser autónomo?
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Actualmente, es posible trabajar por cuenta ajena y ser autónomo a la vez; es una situación que popularmente se conoce como pluriactividad. A grandes rasgos, ser pluriactivo quiere decir que se está cotizando al mismo tiempo en dos o más regímenes de la Seguridad Social (SS).
Es importante tener en cuenta que el concepto de pluriactividad no es el mismo que el de pluriempleo. Tal como explica la SS, una persona pluriempleada es la que trabaja por cuenta ajena prestando sus servicios a dos o más empresas distintas, pero siempre en el mismo régimen de la Seguridad Social.
Como mencionaba anteriormente, la característica principal de la pluriactividad es el hecho de cotizar en regímenes distintos de la SS, dada la diferente naturaleza de las actividades. De este modo, como trabajador autónomo se cotizaría en el RETA y por otro lado también ser cotizaría como empleado por cuenta ajena en la SS.
A continuación, desarrollamos en profundidad el concepto de trabajar por cuenta ajena y ser autónomo a la vez.
La pluriactividad: trabajar por cuenta ajena y ser autónomo
Muchas personas encuentran en la pluriactividad una opción muy atractiva a la hora de poder compaginar sus propias ideas de negocio con un trabajo por cuenta ajena. Especialmente cuando se busca iniciar una nueva actividad por cuenta propia, y para poder impulsarla hacia delante y mantener unos ingresos suficientes, sobre todo al principio, es necesario contar con la estabilidad de un trabajo por cuenta ajena.
El requisito fundamental para poder pasar a ser pluriactivo es darse de alta como autónomo y empezar a cotizar en el RETA, además de continuar realizando las cotizaciones pertinentes al régimen de la SS para empleados por cuenta ajena. Incluso si el beneficio que se vaya a obtener al trabajar como autónomo sea reducido es importante cumplir con la obligación de darse de alta y cotizar.
Si quieres saber más sobre cotizaciones a la Seguridad Social cuando el salario es reducido, te recomendamos leer: Límite de ingresos para darse de alta como autónomo
En un primer momento, la idea de pagar por duplicado a la SS puede resultar desagradable. Sin embargo, ellos entienden que estando en situación de pluriactividad ya se está cotizando al ser empleado por cuenta ajena, por lo que otorgan una importante bonificación a la cotización por cuenta propia.
Bonificación aplicada a la cuota de autónomo pluriactivo
Como explicaba, la SS otorga una bonificación que puede aplicarse sobre la cuota de autónomo. Esto se debe a que al trabajar por cuenta ajena ya se está cotizando a la SS, por lo que sería injusto tener que pagar también una cuota de autónomo.
En conclusión, la SS permite que la cuota de autónomo que el trabajador pluriactivo finalmente tenga que pagar sea bastante inferior a la que pagaría con normalidad.
La bonificación, tal como explica la Seguridad Social (según lo establecido en el artículo 313 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre), la base de cotización por la que podrán optar los trabajadores en los casos de pluriactividad son los siguientes:
- Si la jornada laboral es a tiempo completo. El 50 % de la base mínima de cotización, durante los primeros 18 meses y el 75 % de la base mínima de cotización, durante los siguientes 18 meses.
- Si la jornada laboral es a tiempo parcial superior al 50 por ciento. El 75 % de la base mínima de cotización, durante los primeros 18 meses y el 85 % de la base mínima de cotización, durante los siguientes 18 meses.
A tener en cuenta si trabajas por cuenta ajena y eres autonomo
En todo caso, es importante tener en cuenta que la aplicación de la bonificación, en cualquiera de los casos mencionados, será incompatible con cualquier otra bonificación o reducción establecida como medida de fomento del empleo autónomo. También con la devolución de cuotas establecida en el artículo 15.10 de la Orden de Cotización ESS/106/2017, de 9 de febrero.
Del mismo modo, antes de acceder a la pluriactividad, es importante asegurarse de que la empresa en la que se trabaja por cuenta ajena lo permita. Si en el contrato existe alguna cláusula de exclusividad o no competencia, estas pueden suponer un límite a la compatibilidad de ambas actividades.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
Buenos días. Soy aútonomo desde 18/02/2021 (tarifa plana). En noviembre del 2021 empecé a trabajar para una empresa a tiempo completo. Me pregunta es: para acceder al bonus de pluractivadad tengo que hacer una solicitud o al hacer la declaración de la renta me devuelven/restan?
Buenos días Víctor: Feliz Año. Según nos comentas, cuando entraste en pluriactividad, ya eras autónomo. Este tipo de bonificaciones son para cuando ya estando como empleado cuenta ajena, compatibilizas con el régimen de autónomo. No te sería posible, aún así, presenta un escrito en tu Administración de alta en Seguridad Social, para que te lo ratifiquen a tenor de tus bases. Un saludo.