El Gobierno flexibiliza los requisitos de acceso a las ayudas directas para autónomos y empresas
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El pasado 14 de septiembre el Gobierno aprobó en Consejo de ministros la modificación del Real Decreto-ley 05/2021, por la que flexibiliza los requisitos de acceso a las ayudas directas para autónomos y empresas.
En el mes de marzo, el ejecutivo aprobó el RDL 05/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de COVID-19. Con éste, se habilitó un fondo de 11.000 millones de euros dirigido a paliar los efectos de la pandemia. De ellos, 7.000 estaban dirigidos al pago de deuda, proveedores y otros acreedores de autónomo y empresas. El fondo se transfirió a las Comunidades Autónomas para su gestión y reparto.
La rigidez de los requisitos para acceder a las ayudas, fijados desde el Gobierno en el Real Decreto-ley, reducía significativamente el número de posibles beneficiarios. Esto ha provocado que todavía exista una parte importante del fondo pendiente de adjudicar.
Las modificaciones incluidas tienen como objetivo invertir esta situación ampliando el universo de candidatos a las ayudas.
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Cambios introducidos en los requisitos de acceso a las ayudas directas
La primera medida está relacionada con los plazos. La nueva redacción permite cubrir las deudas y costes fijos devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021. Este cambio amplía en cuatro meses el espacio temporal cubierto por las ayudas. Antes de la modificación el límite quedaba establecido en el 31 de mayo.
Las modificaciones también inciden en uno de los requisitos más restrictivos para optar a las ayudas, la exclusión de las empresas que tuvieron pérdidas en 2019. Ahora las Comunidades Autónomas podrán otorgar las ayudas a empresas viables que en 2019 registraron pérdidas por causas excepcionales producidas en su territorio.
Por último, resaltamos la posibilidad que se abre a las Comunidades Autónomas que no hayan consumido todos los recursos que les fueron transferidos para abrir nuevas convocatorias.
Qué cuantía puede recibirse
Cada beneficiario podría recibir entre 3.000 y 200.000 euros, de acuerdo con las cantidades fijadas en la ley.
En el caso de empresas y autónomos que ya han hubieran sido beneficiarias de las ayudas convocadas a través del RDL 5/2021, podrían optar nuevamente a ellas siempre que no sobrepasen el máximo establecido y que se justifiquen los gastos necesarios.
En el mejor de los casos, se prevé que las ayudas podrían llegar a los beneficiarios para el mes de julio.
Las modificaciones aprobadas suponen una mayor facilidad para acceder a las ayudas directas a autónomos y empresa. No obstante, algunas organizaciones de autónomos las consideran insuficientes, ya que podrían dejar al margen a una gran cantidad de profesionales.
Acerca del autor
Graduada en la Universidad de Salamanca (USAL) en el Grado de Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas, con más de 7 años de experiencia en el sector y con numerosos cursos formativos en los que se encuentran el curso superior de Derecho Laboral, Seguridad Social y Nóminas del prestigioso Centro de Estudios Financieros (CEF). Actualmente, es Coordinadora del departamento de Gestión y Gestión Laboral en TeGestionamos, teniendo a su cargo un equipo de gestores especializados en la materia laboral, fiscal y contable.
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