Nacionalidad española por residencia. Requisitos y procedimiento de solicitud.
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La nacionalidad española por residencia permite que un extranjero que haya residido de forma legal y continuada en nuestro país pueda obtener la ciudadanía.
El Código Civil de España regula cinco modos para obtener la nacionalidad española: por origen, opción, residencia, carta de naturaleza y posesión de estado.
La nacionalidad por residencia es uno de los métodos más utilizados para conseguir la ciudadanía española. Pero no bastará con haber vivido un tiempo en España, será necesario acreditar el cumplimiento de una serie de exigencias.
A continuación te damos todos los detalles sobre los requisitos a cumplir y el procedimiento de solicitud de la nacionalidad española por residencia.
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Nacionalidad española por residencia
El artículo 22 del Código Civil establece la posibilidad de solicitar la nacionalidad española por residencia.
La norma general fija en 10 años el tiempo que una persona debe haber residido en España para solicitar la ciudadanía. Además, esta residencia debe haberse realizado de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Sin embargo, la ley prevé ciertas excepciones por las que se admite una reducción del tiempo de residencia requerido:
- Bastará con cinco años de residencia en el caso de personas que posean la condición de refugiados.
- Serán suficientes dos años de residencia en el caso de nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- Se exigirá un año de residencia en los siguientes casos:
- Nacido en territorio español.
- Personas que no hayan ejercido oportunamente su derecho a adquirir la nacionalidad por opción.
- Aquellos que hayan estado sujetos legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuaran en esta situación en el momento de la solicitud.
- Personas que, en el momento de la solicitud, llevasen casadas un año con un nacional español y no estuviesen separadas legalmente o de hecho.
- Viudos o viudas de nacional español, que no estuviesen separados judicialmente o de hecho.
- Nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
Requisitos para obtener la nacionalidad española por residencia
Como comentábamos en la introducción, para conseguir la nacionalidad española por residencia es necesario cumplir con una serie de requisitos. A continuación te los relacionamos:
- Plazo de residencia. El interesado deberá haber cumplido con los tiempos de residencia detallados en el apartado anterior. Además, este tiempo debe haberse llevado a cabo de forma legal, continuada e inmediatamente antes de la solicitud. Deberá documentarse cualquier circunstancia que permita la reducción del tiempo de estancia de 10 años.
- Buena conducta cívica. El solicitante deberá acreditar la carencia de antecedentes penales y policiales.
- Integración en la sociedad española. Para valar su integración, deberá superar las pruebas del Instituto Cervantes de Conocimientos Constitucionales y Socio Culturales de España (CCSE).
- Conocimiento del idioma. Las personas cuya lengua no sea el español deberán acreditar un suficiente conocimiento del idioma superando la prueba DELE nivel A2.
Procedimiento de solicitud
La solicitud puede realizarse desde Internet o presencialmente.
Si se opta por realizarla de forma telemática, el propio interesado o su representante deberán cumplimentar el formulario correspondiente. El acceso está disponible desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España.
En el segundo caso, deberá presentarse la solicitud y toda la documentación asociada en cualquiera de las oficinas referidas en artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En el trámite por Internet la obtención del número de expediente es inmediata. Sin embargo, si la gestión es presencial será necesario esperar un tiempo a que el Ministerio lo asigne. Este número permitirá realizar un seguimiento de la tramitación.
La documentación general a presentar es la siguiente:
- Solicitud de nacionalidad por residencia normalizada.
- Certificado de nacimiento del país de origen. Debe estar legalizado y en español.
- Copia del pasaporte.
- Certificado de antecedente penales del país de origen, legalizado y en español.
- Certificado de empadronamiento.
- Copia de la tarjeta de residencia en vigor o del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea.
- Certificado del CCSE y DELE en su caso.
- Justificante del abono de la tasa administrativa correspondiente.
La nacionalidad por residencia puede suponer para muchos extranjeros la oportunidad de obtener la ciudadanía española. Sin embargo, deben cumplirse determinados requisitos y llevarse a cabo una tramitación que puede resultar compleja. Sin duda, contar con un asesoramiento especializado resultará determinante para alcanzar el éxito en la gestión.
Acerca del autor
Abogada de la Universidad de Salamanca, con Master en Derecho Privado Patrimonial de la Universidad de Navarra, actualmente desempeñando el cargo de Directora del Departamento de Asuntos Jurídicos de TeGestionamos.
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