¿Cómo traer tus ahorros desde un país extranjero?
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Muchas son las circunstancias por las que puedes haber reunido una cantidad de dinero fuera de España. Es habitual que en estas circunstancias te surjan dudas sobre los pasos a dar para moverlos. En este artículo te contamos como traer tus ahorros desde un país extranjero.
Lo primero que debes tener en cuenta es que para no tener problemas es el origen del dinero. Este tiene que haber sido generado de forma lícita y, por tanto, deberás disponer de la documentación que acredite su origen legal.
No siempre que se trae dinero desde fuera de España es necesario informar a la Agencia Tributaria, existen ciertos límites. No obstante, cuidado, si hacen falta y no contases con los justificantes requeridos puedes incurrir en infracciones importantes.
Los movimientos de dinero y la obligación de su justificación están regulados a través de la Ley 7/2012, de 29 de octubre.
Si quieres saber los pasos a dar para traer tus ahorros sin problemas, sigue leyendo, a continuación te damos todas las claves.
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Traer tus ahorros desde un país extranjero
La citada ley marca un límite a partir del cual deberás informar el movimiento de dinero y justificar su origen. Esta cantidad es 10.000€, si tus ahorros igualan esta cantidad o la superan tendrás que rendir cuentas.
Modelo S1.- Declaración de medios de pago
Para informar a la Agencia Tributaria basta con rellenar este sencillo formulario. El modelo S1 deberás cumplimentarlo si mueves más de 10.000€, independientemente de la forma de pago.
Este modelo también es obligatorio para mover cantidades superiores a los 100.000€ dentro del territorio nacional español.
La declaración S1 puedes realizarla telemáticamente desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Aunque también puedes presentarla presencialmente en entidades de crédito acreditadas, Delegaciones Tributarias Españolas o en los servicios de aduanas.
En el modelo tendrás que indicar el país de procedencia y destino del dinero, el tipo de moneda y la cantidad a mover. Además, deberás informar su origen, ya sea una herencia, por trabajo o cualquier otra circunstancia, y su finalidad, a qué lo vas a dedicar.
Es muy importante que presentes el modelo S1 antes de que llegue el dinero a España, en otro caso podrías tener problemas con Hacienda. Las multas oscilan entre los 600€ y el 50% del importe sin declarar.
Modelo 720: Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero
A través de este modelo podrás declarar bienes que se encuentren en el extranjero el 31 de diciembre y cuyo valor se sitúe a partir de los 50.000€.
Entre los bienes que debes declarar obligatoriamente se encuentran los siguientes:
- Cuentas en entidades financieras.
- Valores, seguros y rentas depositadas.
- Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles.
Los planes de pensiones en el extranjero están excluidos de esta declaración.
La presentación del modelo 720 puedes realizarla telemáticamente desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Tendrás de plazo hasta el 30 de marzo de cada ejercicio para llevar a cabo la declaración.
La sanción mínima por no llevar a cabo la declaración de los bienes a través del modelo 720 cuando haya obligación de hacerla es de 10.000€.
Modelo D6: Declaración de titulares de inversión española en el exterior en Valores Negociables
Se trata de una declaración de carácter informativo para inversiones depositadas a 31 de diciembre en entidades con sede en el extranjero. Se presenta todos los años durante el mes de enero.
Entre los conceptos a declarar están los depósitos como acciones, ETFs o fondos de inversión, o los movimientos para las empresas.
Traer tus ahorros desde un país extranjero puede convertirse en un problema si no das los pasos adecuados. Nuestro consejo es que, si no lo tienes totalmente claro, busques un asesoramiento profesional para no cometer ningún error en la tramitación.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
Hola, soy migrante desde diciembre de 2022 y tengo 20 mil euros en una cuenta de un banco en Colombia producto de los ahorros de toda mi vida, puedo transferirlos a mi cuenta en España sin problemas ?
Buenas tardes Danilo,
En este caso que nos ocupa, será la entidad Bancaria quien por la Ley de Blanqueo de Capitales, quien nos pida documentación técnica del origen del dinero, es decir, en su caso, teniendo origen en Colombia, declaraciones presentadas ante la DIAN, en el que se declaren esos fondos, si han sido de Rentas de Trabajo, Herencias etc..
Una vez superado ese filtro, solo deberá tener en cuenta en declarar siendo residente en España, los posibles intereses, dividendos, etc.., que generen, al año siguiente de haber realizado la imposición.
Esperamos haberles ayudado, un saludo Danilo.