Acuerdo para subir el SMI 15 euros en 2021
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El pasado 16 de septiembre el Gobierno anunciaba el acuerdo para subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 15 euros en 2021, que se aplicará en octubre con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social y los responsables de CCOO y UGT han alcanzado un acuerdo para incrementar el SMI un 1,6 %, desde los 950 euros actuales a 965 en 2021.
Para los sindicatos y el Gobierno supone un avance en su compromiso por situar el SMI en el 60% del salario medio para 2023, tal y como determina la Carta Social Europea suscrita por España. No obstante, los sindicatos han reclamado al Gobierno que concrete cómo serán las subidas para 2022 y 2023.
Esta segunda subida del SMI que se realiza en la legislatura de Pedro Sánchez no ha contado con el apoyo de las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme. Estas habían manifestado que no era el momento de subir el SMI ahora que la economía española está iniciando la recuperación, pudiendo afectar negativamente a la creación de empleo.
La subida del SMI va dirigida a la protección de los trabajadores más vulnerables, si bien, afecta también a otros colectivos, como el de los autónomos.
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¿Cómo afecta a los autónomos?
Al subir el SMI, también se incrementa la base de cotización mínima y, por tanto, la cuota de la Seguridad Social. De otro lado, en caso de tener empleados, también podrían verse elevados sus salarios.
Las cuotas correspondientes a contingencias profesionales pasan del 1,1 % al 1,3 % y por cese de actividad del 0,8 % al 0,9 %. Esto supondría una subida del 0,3 % en la cuota, que se traduciría en un incremento de entre 3 y 12 euros mensuales, en función de la base de cotización de cada uno.
Así, un autónomo que esté en la base mínima verá como su cuota a la Seguridad Social pasa de 286 a 289 euros. Por su parte, aquellos que coticen por la base máxima, verán incrementada la cuota de 1.233 a 1.245 euros.
¿Cuándo entrará en vigor la subida?
El Ministerio de Trabajo espera poder aprobar la medida en el próximo Consejo de Ministros del 28 de septiembre.
Por tanto, los trabajadores que cobren el Sueldo Mínimo Interprofesional podrán apreciar la subida en la nómina de octubre. Además, esta tendrá carácter retroactivo desde el 1 de septiembre.
Acerca del autor
Abogada de la Universidad de Salamanca, con Master en Derecho Privado Patrimonial de la Universidad de Navarra, actualmente desempeñando el cargo de Directora del Departamento de Asuntos Jurídicos de TeGestionamos.
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