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¿Conoces a alguna persona extranjera que esté encarcelado cumpliendo una pena? Si es así, esta información te interesa. Desde 2005 puede solicitarse la autorización de trabajo para penados extranjeros en España.
https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/paginas/2005/c0107050.aspx#Juventud
Este tipo de autorizaciones se regulan a través del acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueban las instrucciones de 1 de julio de 2005. En ellas se determina el procedimiento para autorizar el desarrollo de actividades laborales por parte de internos extranjeros.
La norma contempla la participación en talleres productivos en los centros penitenciarios, así como actividades laborales en régimen abierto o en libertad condicional.
A continuación te damos los detalles de los requisitos a cumplir y el procedimiento de solicitud.
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Requisitos para la autorización de trabajo para penados extranjeros
El interesado deberá cumplir alguna de los siguientes requisitos:
- Estar en situación de residencia o estancia por estudios. (artículo 31.4 de la LOEX)
- Estar en uno de los supuestos para la obtención de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. (Artículo 45 del RLOEX aprobado por Real Decreto 2393/2004)
- Estar en uno de los supuestos para la obtención de residencia de larga duración. (Artículo 72 del RLOEX)
Documentación a aportar
La solicitud debe venir acompañada de la siguiente documentación:
- Copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje en vigor. Debe mostrarse el pasaporte original en el momento de presentación de la solicitud.
- Resolución de la Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto de clasificación en tercer grado, o Auto del Juez de Vigilancia por el que se acuerda dicha clasificación o la concesión de libertad condicional.
- Documentación que acredite que el penado cumple con alguno de los requisitos exigidos para solicitar la autorización. Puede ser encontrarse en situación de residencia o estancia por estudios. O reunir las condiciones para obtener residencia por circunstancias excepcionales o larga duración.
Procedimiento a seguir
En proceso lo inicia la Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto. Esta dará traslado a la resolución y las instrucciones del expediente de concesión de validez de autorización de trabajo. Haciéndolo llegar a la Delegación de Gobierno de la provincia en la que se encuentra el Centro Penitenciario y a la Dirección General de Inmigración.
La Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto trasladará también la documentación del interno. Esta incluirá copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje en vigor.
El plazo de resolución será de tres meses desde el registro de la solicitud en el órgano competente para su tramitación. Transcurrido este tiempo sin que la Administración haya practicado la notificado, debe entenderse que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
La autorización de trabajo tendrá plenos efectos en materia de afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social. Sin embargo, no otorgará por sí misma, la condición de residente extranjero.
La duración máxima de la autorización de trabajo será de seis meses y hasta la fecha de cumplimiento de la condena. No obstante, el penado podrá solicitar la renovación sucesiva a la Delegación o Subdelegación del Gobierno que concedió la validez inicial.
Es importante tener en cuenta que, dado el caso, este tipo de autorizaciones no supondrán ningún obstáculo a la ejecución de una resolución de expulsión.
La posibilidad de realizar una actividad laboral para personas extranjeras que están cumpliendo una condena en la cárcel puede tener un gran peso en su integración a la sociedad. Por ello, nuestra recomendación es poner la tramitación del expediente en las manos de un experto.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.