¿Cómo darse de alta como autónomo?
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Si has decidido iniciar una actividad económica y ser tu propio jefe, antes de comenzar a facturar es indispensable darse de alta como autónomo. Los trámites son sencillos, pero requieren de ciertas formalidades que debes conocer.
Los organismos en los cuales registrarse, los plazos para cada inscripción y la documentación a presentar, son temas fundamentales para el alta como autónomo. Te mostramos cómo y cuándo realizar el alta para que emitas tus facturas sin riesgos de sanciones.
Darse de alta como autónomo en Seguridad Social
La normativa vigente indica que debes darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) dentro de los 60 días anteriores al registro en Hacienda. Incluso es posible realizar el trámite en ambos lugares el mismo día, para evitar traslados y pérdidas de tiempo. La cotización se inicia a partir de la fecha de inicio de actividad que se indica en esta alta.
El formulario que necesitas es el denominado TA.0521, acompañado de DNI o equivalente que acredite identidad. Los datos que constarán en el alta en Seguridad Social son:
- Código CNAE de la actividad, que se obtiene según el Impuesto de Actividades económicas que elijas del registro disponible.
- Base de cotización que se selecciona entre un mínimo y un máximo establecido por la Seguridad Social. A lo largo del presente año 2019, el rango oscila entre 944,35 euros y 4.070,10 euros respectivamente.
- Mutua de accidente de trabajo que realizará la cobertura en casos de incapacidad temporal por los motivos previstos según la ley.
- Número de cuenta bancaria, de la cual se realizará el descuento de la cuota mensual.
Si prefieres utilizar la tecnología, puedes obtener tu certificado digital y darte de alta online en tan solo 24 horas. A través de los puntos PAE se realiza el trámite con la presentación del Documento Único Electrónico. Lo más ventajoso es que sirve para presentar de forma conjunta en Seguridad Social y Hacienda.
Alta con bonificaciones
La bonificación más popular para autónomos es la conocida como ‘Tarifa plana’. El beneficio consiste en unos porcentajes sobre las cuotas:
- La Tarifa plana autónomos 50 euros mensuales, desde 2019 pasa a ser de 60 €/mes. Primeros 12 meses, 50 euros mensuales (de elegir una base de cotización mayor a la mínima 80% de reducción de la cuota). 60 euros (ahorro de 223,30).
- Del mes 13 al 18, 50% de reducción, 141,65 euros (ahorro de 141,65).
- Del mes 19 al 21, 30% de reducción, 198,31 euros (ahorro de 85).
- Del mes 22 al 24, 30 % de bonificación, 198,31 euros (ahorro de 85).
- Del mes 25 al 36, 30 % de bonificación adicional. Trabajadores por cuenta propia menores de 30 años, o menores de 35 años en el caso de mujeres (siempre y cuando causen alta inicial o no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos), 198,31.
Entre los emprendedores que pueden darse de alta con esta bonificación están:
- Personas físicas autónomas.
- Solo algunos tipos de colectivos.
- Emprendedores del mundo rural en poblaciones de menos de 5.000 habitantes. Se hace mención a este colectivo, pero no a la Bonificación de 1 año más por estar empadronado en ciudades de menos de 5.000 hab.
Desde el 01/08/2018, en los supuestos que el trabajador por cuenta propia o autónomo resida y desarrolle su actividad en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado al inicio de la actividad consten menos de 5.000 habitantes, finalizado el periodo inicial de 12 meses de aplicación de reducciones en las cuotas establecidas, tendrá derecho durante los 12 meses siguientes a estos mismos incentivos (En estos casos no serán de aplicación las reducciones y bonificaciones para los 12 meses posteriores al periodo inicial).
- Mujeres autónomas tras la baja por maternidad.
- Otros casos especiales.
Darse de alta como autónomo en Hacienda
En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria es necesario que presentes el modelo censal 036 o el abreviado (modelo censal 037). Los datos que se comunican en esta inscripción son:
- Datos fiscales, que incluyen los personales.
- Datos de la actividad (IAE). El epígrafe de impuestos de Actividades Económicas está regulado por Real Decreto Legislativo1175/1990 y establece que deben abonar solo aquellos que facturan más de un millón de euros anuales. Quienes se encuentren en esta categoría deben anexar además modelo 840/848.
- Dirección de la actividad o de local en el caso de que existiese.
- Metros cuadrados del local afectados a la actividad.
- Fecha de inicio de la actividad.
- Régimen de IVA.
- Régimen de IRPF.
Quedan excluidos de la posibilidad de presentar modelo censal 037 quienes tengan consideración especial frente al IVA o figuren en registro de operaciones intracomunitarias. Asimismo, si hay una variación importante en los datos, debes presentar un nuevo documento al censo de empresarios.
Los nuevos empresarios que prevean realizar transacciones comerciales intracomunitarias deben solicitar su registro en el ROI. Además, es necesario que soliciten una capacitación en la realización de facturas, pues son diferentes del resto.
Alta en Ayuntamiento para apertura de locales
Algunos autónomos realizan su actividad desde casa, pero otros muchos necesitan la apertura de un local. En este último caso, deben solicitar un permiso de apertura de local para actividad económica.
Los costes y documentación requeridos varían según diferentes factores:
- Tipo de actividad (inocua o calificada).
- Relevancia comercial de la calle donde se encuentra el local.
- Tamaño del local en metros cuadrados.
Notas finales para darse de alta como autónomo
El inicio de una actividad económica propia genera ansiedad y algunas confusiones sobre lo que hay que hacer. Si sigues estos pasos podrás conseguir el alta en poco tiempo y sin ningún inconveniente. Además, la tecnología ha favorecido de forma especial las formas y plazos para la tramitación del alta para los autónomos.
Lo importante es estar atentos a los formularios para cada caso, guardar los comprobantes de los pasos que se vayan dando y no dejar todo para último momento. Si tienes más dudas puedes realizar tus consultas a través de nuestra web.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
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