Consumidor vulnerable: una nueva figura normativa
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¿Qué es el concepto de “consumidor vulnerable”? ¿Qué abarca el mismo a nivel jurídico? Para entenderlo, debemos retroceder hasta el pasado 19 de enero. Tal día, por iniciativa del Ministerio de Consumo, fue aprobado el Real Decreto-ley 1/2021 de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.
El Real Decreto-ley nace con el objetivo de reforzar la protección de las personas más vulnerables en las relaciones de consumo. Para ello, incorpora la figura del consumidor vulnerable, que permitirá dar mayor protección y garantías a las personas que se encuentren en una especial situación de indefensión.
A continuación, lo explicamos.
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La figura del consumidor vulnerable
La modificación de la Ley General de Derechos de los Consumidores y Usuarios (LGDCU) y la entrada en vigor del Real Decreto-ley ha permitido el desarrollo de la figura de consumidor vulnerable.
La nueva figura contempla a aquellas personas que se encuentran en una situación de desventaja, desprotección, indefensión o subordinación frente a las empresas en sus relaciones de consumo. Aunque sea de forma temporal, territorial o sectorial, debido a sus características, necesidades o circunstancias personales. Se crea así un marco jurídico para garantizar que las relaciones de consumo se llevan a cabo en una situación de mayor igualdad, accesibilidad, transparencia y seguridad.
¿A quién afecta en concreto?
Entre los principales colectivos que se consideran vulnerables estarían los menores, personas de avanzada edad, con bajo nivel de digitalización, con discapacidad funcional, intelectual, cognitiva o sensorial y, en general, personas con dificultades por la falta de accesibilidad a la información.
Entre los colectivos más beneficiados por la norma se encuentran los más feminizados, los del ámbito rural o aquellos con bajo nivel educativo.
Con la aprobación del Decreto-ley las empresas deben prestar un apoyo adicional en la información que proporcionan de cara a la toma de decisiones en la relación comercial. De esta forma, aseguran la accesibilidad de los consumidores vulnerables.
Las empresas están obligadas a prestar los apoyos necesarios para que los consumidores vulnerables comprendan correctamente los contratos a firmar.
Por otra parte, las campañas de información instrumentalizadas por las administraciones públicas deberán prestar especial atención a aquellos sectores en los que los consumidores vulnerables estén más presentes.
Para una completa aplicación del Decreto-ley, a futuro deberán desarrollarse reglamentos que aseguren los derechos de los consumidores vulnerables. Estos reglamentos incidirán en la información incluida en los etiquetados de los productos, la información previa al contrato y la que debe incluirse en el mismo, la gestión de reclamaciones y la atención al cliente.
Marco regulatorio comunitario
La figura del consumidor vulnerable ya estaba recogida en la Resolución del Parlamento Europeo (PE), de 22 de mayo de 2012. Y avalada por distintos documentos emitidos desde las instituciones europeas. El concepto europeo de consumidor vulnerable va más allá en términos económicos.
En concreto, contempla que todos los consumidores, en algún momento de su vida, pueden pasar a ser vulnerables debido a factores externos, y, por tanto, precisen de una protección especial. Esto sería principalmente debido a sus interacciones con el mercado.
En España, la figura de consumidor vulnerable se ha ido contemplado en la normativa de carácter autonómico. Esto se hace para proteger a determinados sectores en el acceso a servicios básicos. Sin embargo, hasta la entrada de esta ley, la consideración de esta figura variaba entre las distintas comunidades. La nueva regulación estatal de esta figura facilita un marco regulatorio común.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
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