El despido colectivo: ¿cómo puede afectarme un ERE?
Contenidos
Un despido colectivo o ERE, expediente de regulación de empleo, es una medida a la que pueden acogerse las empresas que necesitan realizar ajustes en su plantilla. También conocidos como despidos colectivos, los EREs se caracterizan por ser una opción severa, de carácter definitivo, que puede afectar a los trabajadores de un modo negativo.
Regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, un ERE debe promoverse de acuerdo a la realización de número concreto de despidos durante un tiempo determinado.
Así, por norma general, una empresa puede tomar la decisión de iniciar un ERE ante el cese de actividad de la propia empresa, o de un departamento o sección en particular. También cuando concurren determinadas causas económicas, de producción o técnicas que lo justifican. El objetivo suele ser disminuir el número total de empleados de forma definitiva.
En el otro lado de la balanza, también existen los ERTEs, una medida temporal, menos nociva, a la que también pueden acudir las empresas que se ven en la necesidad de reducir costes. ¿Cuáles son las principales diferencias entre ambas medidas? ¿Cómo puede afectarme un ERE? A continuación, lo desarrollamos.
¿Cómo puede afectarme un despido colectivo o ERE?
En primer lugar, es importante entender que estamos ante una decisión empresarial firme, que afecta de un modo grave a los trabajadores. Por ello, para iniciar un ERE el empresario debe justificar por qué ha tomado esa decisión. En este sentido, para poder justificar un despido colectivo, deben haber concurrido causas económicas, técnicas, organizativas o de producción suficientes que afecten directamente al funcionamiento de la empresa y al trabajo de los empleados.
Por ejemplo, una causa técnica sería el cambio de aparatos tecnológicos en un departamento de una fábrica. De modo que en ese departamento ya no fuese necesaria la mano de obra que había funcionado hasta entonces.
Como explicábamos, un despido colectivo supone la decisión empresarial de llevar adelante un despido colectivo con carácter definitivo. Es decir, el empleado se verá obligado a dejar la empresa. Se trata de una decisión seria que conlleva determinadas consecuencias en el plano legal.
Por ello, los trabajadores que se puedan ver afectados por esta medida, recibirán una indemnización indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Esto, salvo pacto individual o colectivo que fije una cuantía superior. Del mismo modo, la persona afectada tendrá derecho a acceder a una prestación laboral completa por desempleo.
Entender las diferencias entre un ERE y un ERTE
Un ERTE (expediente de regulación temporal de empleo), al contrario de lo que ocurre con los EREs, es de carácter temporal. Por ello, aunque su desarrollo también conlleva cierta incertidumbre para los empleados, en general, son bastante más beneficiosos que los EREs. Ahora bien, iniciar un ERTE no deja de ser una decisión relevante que conlleva importantes consecuencias para los trabajadores de una empresa.
Principalmente, los ERTEs, no dan derecho a cobrar una indemnización. Sin embargo, sí dan derecho a cobrar el paro de forma parcial en función a la parte de la jornada reducida o suspendida del mismo empleado.
Por otro lado, también cabe destacar que un ERTE suele afectar a toda la plantilla en general. Los EREs suelen afectar únicamente a determinados sectores.
Debido a la situación de incertidumbre y excepcionalidad que ha supuesto la expansión del coronavirus (Covid-19) en el mundo, muchas empresas han visto peligrar su continuidad. Por ello, se ven obligadas a tomar decisiones con el objetivo de protegerse.
Iniciar un ERTE puede suponer para los empleados un hecho gravoso. Ahora bien, esta decisión a largo plazo puede resultar ser mucho más ventajosa que la de iniciar un ERE. Por ello, el gobierno ha tomado la decisión de apoyar los ERTEs, fomentando el que las empresas paralicen el trabajo de los empleados ante la necesidad, pero no lo finalicen de forma definitiva.
Para saber más sobre el funcionamiento de los ERTEs en la lucha contra el coronavirus, te recomendamos leer: ERTEs para hacer frente al coronavirus
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir