¿En qué consiste el préstamo entre particulares?
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En ciertas ocasiones es habitual acudir a familiares o amigos para disponer de dinero a través de préstamos entre particulares.
Es una forma muy ágil y sencilla de conseguir financiación que, además, podrás evitar gastos de gestión e intereses. Por tanto, este tipo de préstamos entre particulares se configura como una buena alternativa a los proporcionados por las entidades financieras.
Sin embargo, no basta con la confianza entre los particulares, es necesario cumplir con ciertas condiciones y documentarlo correctamente para no tener problemas.
Por ello, siempre te recomendamos tener un asesor legal ya sea en físico u online para que pueda ayudarte con este tipo de situaciones.
En este artículo te damos todos los detalles.
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¿Qué es un préstamo entre particulares?
Como puede entenderse fácilmente, los préstamos entre particulares son los que se conceden entre dos personas físicas. Normalmente se trata de familiares o amigos y no son cantidades excesivamente altas.
Este tipo de préstamos se regulan por la misma ley que la de los préstamos realizados por las entidades financieras. Se trata de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
Es importante saber que el préstamo puede ser con intereses o sin ellos. Dependerá del acuerdo al que se llegue entre los particulares.
Todas las condiciones deben quedar reflejadas en un contrato que deberán firmar las dos partes. Recogerá los acuerdos alcanzados en cuanto a tiempos de devolución, uso del dinero o el cargo de intereses.
Además, es necesario ponerlo en conocimiento de Hacienda a través de la Agencia Tributaria. La persona que recibe el dinero dispondrá de un mes para informar a Hacienda del contrato del préstamo.
¿Qué información debe figurar en el contrato?
Tal y como hemos citado, para llevar a cabo un préstamo entre particulares es necesario formalizarlo a través de un contrato. Aunque haya una gran confianza entre las partes, no está de más poner por escrito las condiciones para que no haya dudas. Además, recuerda que tendrás que llevarlo a Hacienda.
El contenido del contrato deberá incluir la siguiente información:
- Datos personales de la persona que presta el dinero y de la que lo recibe: nombre, DNI, fecha de nacimiento y dirección.
- Cantidad prestada, tipo de interés aplicado y cualquier gasto asociado al préstamo que se considere oportuno incluir.
- Plazo de devolución. En este apartado deberá aclararse la forma en la que se devuelve el dinero, si es a plazos, en un pago único u otra forma. También debe reseñarse si es posible realizar reembolsos anticipados y cerrar el préstamo con antelación o, por el contrario, si se acepta retrasar los pagos.
- Forma de actuar ante posibles impagos, así como garantías o avales en caso de existir.
Tributación de un préstamo particular
Los préstamos entre particulares es necesario declararlos a la Agencia Tributaria. Es la forma de demostrar que no se trata de una donación, que están sujetas a otro tipo de impuestos.
El impuesto que aplica sobre este tipo de transacciones es el de transmisiones patrimoniales onerosas. Si bien, este tipo de operaciones entre particulares están exentas de tributación. Es decir, aunque hay que declararlo, no hay que pagar impuestos.
Es la persona que recibe el dinero quien tiene que realizar la declaración mediante el modelo 600 junto con el contrato. Dispone de un mes para presentarlo en la delegación de Hacienda correspondiente.
Cuando existen comisiones o intereses, la persona que presta el dinero deberá incluirlo en su declaración como rendimiento del capital inmobiliario.
Para evitar cualquier tipo de problema, es muy importante conservar la documentación del préstamo y cualquier tipo de justificante asociado al movimiento del dinero.
Como hemos comentado, cubrir las necesidades financieras a través de un préstamo entre familiares o amigos puede ser una buena opción. Las gestiones son muy rápidas y pueden evitarse gastos e intereses. Pero no olvides que es preciso reflejar en un contrato las condiciones e informarlo a Hacienda para no tener problemas.
TeGestionamos somos tus asesores fiscales de confianza, no dudes en consultarnos tus dudas, estaremos encantados de resolverlas.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
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