Qué es la Carta de Invitación y cómo solicitarla
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Quieres invitar a un amigo extranjero a pasar una temporada en tu casa, no hay problema, pero tendrás que solicitar la Carta de Invitación.
Para hospedar a una persona extranjera no comunitaria en un domicilio particular es preciso solicitar la Carta de Invitación. Así lo regula el reglamento de la ley 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Hay que tener en cuenta que este documento únicamente es preciso cuando el extranjero vaya a residir en un domicilio particular. En el caso de que se hospede en un hotel o algún otro tipo de alojamiento turístico, no será necesario.
Si tienes previsto que una persona extranjera pase unos días en tu casa, sigue leyendo. A continuación te damos todas las claves para tramitar la carta de invitación.
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¿Qué es la carta de invitación?
Como hemos comentado, la carta de invitación es un documento por el que se otorga permiso para alojar a un extranjero en un domicilio particular.
El permiso habilita el acogimiento por el solicitante por un periodo máximo de 90 días. Durante la estancia en el país, el anfitrión se compromete a hacerse cargo del extranjero.
Tramitación de la carta de invitación
Antes de nada, insistir en que su tramitación tiene carácter obligatorio cuando el alojamiento se produzca en un domicilio particular. En otros casos, hoteles, apartamentos turísticos u otros, no resulta necesario.
La solicitud debe realizarla el anfitrión, es decir, la persona que tiene residencia legal y va a hospedar al extranjero en su casa.
El solicitante, por tanto, podrá ser un ciudadano español, de la comunidad europea o el espacio económico europeo o Suiza. También podrán tramitarla aquellos extranjeros extracomunitarios que estén residiendo legalmente en España.
La carta debe entregarla el propio solicitante en la comisaría de Policía Nacional de su residencia. Será la misma comisaría la que resuelva solicitud y expida la documentación que acredite el permiso.
Si la solicitud está correctamente cumplimentada, se acompaña la documentación requerida y todos son veraces, no hay motivo por el que pueda ser denegada.
Una vez resuelta, se notificará al solicitante la resolución. Si es procedente, se abrirá un plazo de un mes para abonar las tasas correspondientes. Para recoger la carta de invitación será preciso presentar el justificante de pago de las tasas.
Aquí puedes descargarte el modelo de solicitud de la carta de invitación.
Datos a incluir en la solicitud
La solicitud de la carta de invitación deberá incluir los siguientes datos:
- Datos del solicitante: nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número de DNI o NIE, y dirección de residencia.
- Manifestación expresa de la voluntad del peticionario de invitar y acoger a la persona extranjera. Puede ser en el domicilio habitual o en una segunda vivienda.
- Relación o vínculo del solicitante con el invitado.
- Datos del invitado: nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, dirección de residencia y número de pasaporte.
- Duración prevista de estancia del invitado, especificando de forma aproximada el primer y el último día. Recuerda que el periodo máximo es de 90 días naturales.
- Declaración del solicitante de que la información incluida en la solicitud es verídica.
- El solicitante también deberá declarar que está informado sobre los delitos relacionados con el tráfico ilegal de personas.
Documentación que debe acompañar a la solicitud
Aunque en función de la comisaría nos pueden pedir diferentes documentos acreditativos, los más comunes son los que citamos a continuación.
- Original y copia del documento de identidad.
- Acreditación de la disponibilidad del domicilio en el que se alojará el extranjero. Puede ser el título de propiedad o un contrato de alquiler.
- Alguna factura reciente de suministro.
- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Copia del pasaporte de la persona invitada.
- Justificante del pago de las tasas pagadas.
Aunque se trata de una gestión sencilla, nuestro consejo es que busques un asesoramiento profesional. Asegurar la entrega de la solicitud bien cumplimentada y la documentación necesaria resultará determinante para evitar problemas.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
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