¿Qué hacer para tramitar la baja laboral por coronavirus?
Contenidos
La interrogativa de si existe una baja laboral por coronavirus (Covid-19) concreta ya es una realidad. Vivimos una situación de excepcionalidad sin precedentes. Por primera vez, todos y en todas partes estamos viéndonos afectados por un mismo mal al que debemos afrontar unidos.
El Gobierno, en la lucha contra el coronavirus, ha propuesto una serie de medidas con las que intenta facilitar el acceso a determinadas prestaciones y ayudas a los ciudadanos afectados por la enfermedad.
¿Qué debo hacer si caigo enfermo por Covid-19? ¿Tengo acceso a la baja laboral por coronavirus? A continuación, te lo explicamos.
El 11 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 6/2020, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.
En el mismo se explica que, de manera excepcional, contagiarse de coronavirus y el aislamiento consecuente a este hecho será considerado como como situación asimilada al accidente de trabajo. Esto, independientemente de que la enfermedad, en circunstancias normales, se calificaría como contingencia común.
Gracias a esta nueva norma, las personas afectadas podrán percibir una prestación económica por incapacidad temporal. Esto, a su vez implica que los empleados pueden cobrar desde el primer día de la baja, quedando a cargo del empresario el pago del primer día de la misma.
¿Qué debo hacer para informar de mi situación?
Es importante recordar que, en todo caso, está prohibido salir a la calle si no es por una situación de emergencia o necesidad. Esto es deber de todos los ciudadanos.
Ahora bien, aunque el caso que nos corresponde sí podría ser calificado de necesario, se ha desarrollado un sistema a través del cual es posible informar de la situación personal y solicitar la baja laboral sin salir del hogar.
En primer lugar, la persona debe llamar al teléfono del centro de salud que figura su tarjeta sanitaria. Entonces, un miembro del personal sanitario le atenderá, pasando la información a su médico de familia.El médico de familia se podrá en contacto con la persona en concreto, tras lo que hará una valoración médica en función de la cual emitirá la baja.
Finalmente, el parte de baja podrá ser emitido por correo electrónico. También podrá recogerse acudiendo al centro de salud, pero insistimos en la importancia de evitar salir de casa, y especialmente en relación con centros de salud y hospitales. Las bajas que están emitiendo los médicos actualmente suelen ser de 14 días.
Acerca del autor
Graduada en ADE y Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2019) y en posesión del MBA Pharma & Medical devices por ESAME (2021).
Desde 2016 ha formado parte de la asociación universitaria AEGEE (European Student´s Forum), donde fue miembro de la junta directiva en la sede de Madrid durante 3 años.
En el ámbito de la redacción web, comenzó como colaboradora en Mejor con Salud, desde donde evolucionó como editora SEO y redactora, trabajando también para La Mente es Maravillosa y CEUPE (Centro Europeo de Postgrado) hasta llegar al equipo de TeGestionamos en 2019.
En 2020, trabajó para el equipo de marketing de la empresa de inteligencia artificial, Savana. Actualmente, además de continuar su trayectoria con TeGestionamos, forma parte del departamento de Health Economics y Market Access en Boston Scientific.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir